Justicia cívica y dignidad humana: para la construcción de la paz social

Sophia Adriana Gómez Calderó – Docente Universitaria

«La verdadera justicia no comienza cuando se impone una sanción, sino cuando se comprende a la persona, se atienden las causas del conflicto y se construyen oportunidades para vivir en paz»

— Sophia Adriana Gómez Calderón

 

En un contexto social marcado por conflictos cotidianos que afectan la convivencia comunitaria, la justicia cívica emerge como un modelo que trasciende la imposición de sanciones para privilegiar la prevención, la mediación y la protección de la dignidad humana. El presente artículo reflexiona sobre la importancia de este sistema como herramienta para fortalecer la cultura de la legalidad, prevenir la violencia y consolidar una paz social duradera. Asimismo, analiza el valor de la atención integral a adolescentes y jóvenes con problemas de adicciones o de salud mental, mediante la canalización a componentes terapéuticos que favorezcan su recuperación y reintegración social. Se sostiene que la verdadera eficacia de la justicia cívica no radica exclusivamente en sancionar conductas, sino en transformar las condiciones que las originan y fortalecer el tejido social.

Vivimos en una sociedad donde los conflictos forman parte de la vida cotidiana. Una discusión entre vecinos, el consumo de alcohol en la vía pública, el deterioro de los espacios comunes o una falta administrativa pueden parecer hechos aislados; sin embargo, cuando no se atienden oportunamente, tienen el potencial de deteriorar la convivencia y escalar hacia formas más complejas de violencia.

Durante décadas, la respuesta institucional frente a estos conflictos estuvo orientada principalmente a la sanción. Se asumía que el castigo bastaba para preservar el orden público. No obstante, la realidad demuestra que una sanción, por sí sola, difícilmente modifica las causas que originan una conducta. La violencia, las adicciones, los problemas de salud mental, la desintegración familiar y la falta de oportunidades suelen permanecer intactos cuando la intervención del Estado concluye con una multa o un arresto administrativo.

En este escenario, la justicia cívica representa un cambio de paradigma. No sustituye la obligación del Estado de hacer cumplir la ley, sino que amplía su alcance al incorporar mecanismos de prevención, mediación, reparación del daño y atención integral de las personas involucradas. Su finalidad consiste en fortalecer la convivencia social antes de que los conflictos evolucionen hacia conductas delictivas.

Esta visión parte de una premisa fundamental: toda actuación de la autoridad debe colocar en el centro a la persona y reconocer que la dignidad humana constituye el fundamento de los derechos humanos y del Estado democrático de derecho. En consecuencia, la justicia cívica no debe entenderse solamente como un procedimiento administrativo, sino como una política pública orientada a construir comunidades más seguras, solidarias y comprometidas con una cultura de paz.

La justicia cívica: mucho más que sancionar

Hablar de justicia cívica implica comprender una nueva manera de concebir la convivencia social. Su finalidad no consiste solamente en atender las faltas administrativas previstas en los reglamentos municipales, sino en generar condiciones que permitan resolver los conflictos mediante el diálogo, la corresponsabilidad y el respeto a los derechos humanos.

El Modelo Homologado de Justicia Cívica, impulsado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, reconoce que muchas conductas que alteran el orden público constituyen factores de riesgo que, de no atenderse oportunamente, pueden escalar hacia la comisión de delitos. Por ello, la intervención temprana representa una estrategia esencial para prevenir la violencia y fortalecer la seguridad ciudadana.

En este sentido, resulta indispensable distinguir entre una falta administrativa y un delito. Mientras las primeras corresponden a conductas que afectan la convivencia y cuya atención compete a la autoridad municipal, los delitos implican afectaciones a bienes jurídicos tutelados por la legislación penal y requieren la intervención de las instituciones encargadas de procurar e impartir justicia. Esta diferencia no responde únicamente a criterios jurídicos, sino también a la necesidad de ofrecer respuestas institucionales proporcionales, preventivas y orientadas a la reconstrucción del tejido social.

La eficacia de la justicia cívica no se mide únicamente por el número de sanciones impuestas. Su verdadero éxito consiste en disminuir la reincidencia, fortalecer la cultura de la legalidad y generar confianza entre la ciudadanía y las instituciones públicas.

Cuando la justicia transforma vidas

Uno de los mayores aportes del modelo de justicia cívica radica en reconocer que detrás de muchas faltas administrativas existen circunstancias personales que requieren atención especializada. Esta realidad se observa con especial claridad en adolescentes y jóvenes que enfrentan problemas relacionados con el consumo de sustancias psicoactivas, ansiedad, depresión, estrés o dificultades en el manejo de la ira.

Responder exclusivamente con una sanción administrativa resulta insuficiente cuando las causas del conflicto permanecen intactas. Por ello, la canalización a componentes terapéuticos constituye una de las herramientas más valiosas del modelo. La atención psicológica, los programas de tratamiento de adicciones, la orientación familiar y las estrategias de desarrollo personal permiten atender los factores que originan la conducta y ofrecer alternativas reales para evitar su repetición.

En numerosas ocasiones, detrás de una falta administrativa no existe únicamente el incumplimiento de una norma. Existe un adolescente que abandonó la escuela, una persona que enfrenta una adicción, una mujer que vive violencia, un joven con ansiedad o una familia que nunca encontró apoyo oportuno. Cuando la autoridad identifica esas circunstancias y canaliza a la persona hacia servicios especializados, la justicia deja de limitarse al cumplimiento de la ley para asumir una función

profundamente humana: prevenir nuevas formas de violencia mediante la atención de sus causas y el respeto irrestricto a la dignidad de las personas.

La justicia cívica deja entonces de ser únicamente un mecanismo correctivo para convertirse en una oportunidad de transformación personal y comunitaria. Su propósito no consiste en etiquetar a las personas por la conducta que cometieron, sino en brindarles herramientas para reconstruir su proyecto de vida, fortalecer su integración social y reducir las posibilidades de reincidencia.

La paz social no se construye únicamente mediante leyes o instituciones; se edifica cada vez que una persona decide escuchar antes de juzgar, dialogar antes de confrontar y comprender antes de sancionar. En ese camino, la justicia cívica representa una de las expresiones más humanas del Estado democrático, porque desplaza el énfasis del castigo hacia la prevención, la mediación, la reparación del daño y la restauración del tejido social, sin renunciar al cumplimiento de la ley.

La auténtica fortaleza de una comunidad no radica en el número de sanciones que impone, sino en su capacidad para prevenir la violencia, restaurar las relaciones humanas y generar oportunidades para que las personas vivan con respeto, legalidad y paz.

Referencias:

Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2023). https://www.cndh.org.mx

Consejo Nacional de Seguridad Pública (2019). Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica. (s.f.).

Consejo Nacional de Seguridad Pública (2019). Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (s.f.).

Modelo Homologado de Justicia Cívica (2017). Buen Gobierno y Cultura de la Legalidad para los Municipios de México.

Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (1999).

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